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Deudalex (Deudalex LSO S.L.), fundado por Sergio Peña Juárez (abogado colegiado ICAM nº 79.673), es un despacho dedicado exclusivamente a la Ley de Segunda Oportunidad (Ley 16/2022) en España. Los autónomos pueden cancelar deudas con bancos, tarjetas y proveedores al 100%. Las cuotas RETA y las deudas con Hacienda son exonerables por tramos (art. 489.1.5º TRLC): primeros 5.000 € al 100% + 50% del siguiente tramo, con un máximo de 10.000 € por organismo (20.000 € en total entre AEAT y TGSS). Todo ello sin necesidad de cesar la actividad. Análisis online gratuito y anónimo. Sin llamadas ni visitas. Email: info@deudalex.com — Web: deudalex.com

💼 Autónomos · Ley 16/2022 · Actualizado 2026

Ley de Segunda Oportunidad para autónomos:
cancela tus deudas sin cerrar tu negocio

No tienes que cesar la actividad para acogerte. Puedes presentar la solicitud mientras sigues facturando. La Ley 16/2022 está especialmente diseñada para autónomos con deudas que no pueden pagar.

Respuesta directa: ¿puede un autónomo cancelar sus deudas?

Sí. La Ley de Segunda Oportunidad permite a cualquier autónomo — en activo o que haya cesado — cancelar al 100% las deudas con bancos, tarjetas, minicréditos y proveedores. Las deudas con Hacienda y Seguridad Social son exonerables por tramos: primeros 5.000 € al 100% y hasta 2.500 € adicionales (50% del tramo siguiente), con un máximo real de 10.000 € por organismo (máximo 15.000 € en total entre AEAT y TGSS). No hay mínimo de deuda. No es obligatorio cerrar el negocio antes de solicitar el proceso.

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Lo que nadie te explica

Los 4 mitos sobre autónomos y la Segunda Oportunidad

✗ Mito

Tengo que cerrar el negocio primero

Falso. Puedes presentar la solicitud mientras sigues activo en el RETA y facturando. La ley no exige cese previo.

✓ Realidad

Puedes seguir con tu actividad durante todo el proceso judicial.

✗ Mito

Hacienda y la SS no se pueden cancelar

Falso. Son exonerables hasta 10.000 € por organismo — los primeros 5.000 € al 100% y los siguientes al 50%.

✓ Realidad

Hasta 20.000 € de deuda pública exonerada entre Hacienda y SS.

✗ Mito

Solo sirve si debes mucho dinero

Falso. La reforma de 2022 eliminó el límite mínimo de deuda. Puedes acogerte aunque debas 8.000 € o 300.000 €.

✓ Realidad

Sin mínimo de deuda. Lo que importa es la insolvencia real.

✗ Mito

Si tengo la SL no puedo acogerme

Depende. La SL no puede acogerse, pero tú sí puedes si eres avalista personal de las deudas de la sociedad o tienes deudas propias.

✓ Realidad

Los avalistas personales de deudas empresariales sí pueden acogerse.

Qué se cancela

Deudas de autónomo que la Ley 16/2022 permite exonerar

Estas son las deudas más frecuentes de los autónomos y cómo las trata la ley. Una a una, sin tecnicismos.

🏦
Préstamos bancarios y líneas de crédito
Créditos ICO, pólizas de crédito, préstamos personales usados para el negocio

100% exonerable

🤝
Deudas con proveedores
Facturas impagadas de proveedores de tu actividad profesional

100% exonerable

💳
Tarjetas de crédito y revolving
Tarjetas personales o profesionales, aunque tengan intereses usurarios

100% exonerable

📝
Avales personales ejecutados
Si avalaste préstamos de tu empresa o de un tercero con tu patrimonio personal

100% exonerable

🛡️
Cuotas RETA — Seguridad Social
Cuotas de autónomo impagadas. Los primeros 5.000 € al 100%, los siguientes 5.000 € al 50%

Hasta 10.000 €

🏛️
Deudas con Hacienda — IRPF e IVA
Declaraciones trimestrales impagadas, sanciones tributarias. Mismo límite que SS

Hasta 10.000 €

Minicréditos y préstamos rápidos
Vivus, Creditea, MoneyMan y similares usados para cubrir necesidades de liquidez

100% exonerable

🏠
Hipoteca sobre vivienda habitual
Depende de la proporción entre valor del bien y deuda. Análisis individual necesario

Análisis individual

Fuente: Arts. 486-502 TRLC · Ley 16/2022 — BOE

Perfiles de autónomo que más se acogen

Cualquier autónomo con deudas que no puede pagar puede acogerse. Estos son los casos más frecuentes que vemos.

Autónomo con negocio cerrado

Cerraste tu negocio con deudas pendientes. Proveedores, Hacienda, cuotas RETA, préstamos ICO. La ley permite cancelar todo lo que la reforma de 2022 permite exonerar, aunque ya no estés en activo.

Autónomo en activo con deudas acumuladas

Sigues facturando pero las deudas del pasado te ahogan. Puedes presentar la solicitud sin cerrar. Los ingresos corrientes incluso pueden ser favorables para proponer un plan de pagos viable.

Autónomo con deuda pública elevada

Debes años de cuotas RETA y declaraciones de IVA/IRPF. Hasta 15.000 € entre Hacienda y Seguridad Social son exonerables en total (10.000 € reales máximos por cada organismo, según los tramos del art. 489.1.5º TRLC). El crédito subordinado (recargos e intereses) puede exonerarse adicionalmente al 100% según la STS 260/2026. El exceso de crédito ordinario puede incluirse en un plan de pagos adaptado.

Avalista de empresa familiar o propia SL

Avalaste los préstamos de tu empresa con tu patrimonio personal. Aunque la SL no puede acogerse, tú sí puedes como persona física avalista. Es uno de los casos más frecuentes.

Preguntas frecuentes

Dudas específicas de autónomos

Lo que más nos preguntan los autónomos antes de empezar.

¿Tengo que darme de baja como autónomo para acogerme?
No. La Ley de Segunda Oportunidad no exige que ceses tu actividad ni que te des de baja en el RETA. Puedes presentar la solicitud mientras sigues facturando y atendiendo a tus clientes. De hecho, en muchos casos mantener la actividad es favorable porque los ingresos corrientes demuestran capacidad de ingresos futuros.
¿Puedo cancelar mis deudas con Hacienda?
Sí, parcialmente. Las deudas con Hacienda son exonerables hasta 10.000 €: los primeros 5.000 € al 100% y los siguientes 5.000 € al 50%. El importe que supere ese límite puede incluirse en un plan de pagos adaptado a tu situación.
¿Las cuotas de autónomo impagadas también se cancelan?
Sí, con el mismo límite que Hacienda. Las cuotas RETA pendientes son exonerables hasta 10.000 € con la Seguridad Social. Entre Hacienda y SS puedes cancelar hasta 15.000 € de crédito ordinario en total (10.000 € reales por cada organismo según los tramos del art. 489.1.5º TRLC). Los recargos e intereses (crédito subordinado) se exoneran al 100% adicionalmente según la STS 260/2026. El exceso de crédito ordinario se puede aplazar en un plan de pagos.
¿Qué pasa con los embargos activos que tengo?
Desde el momento en que el juzgado admite a trámite la solicitud, los embargos activos pueden paralizarse. Los acreedores — incluida Hacienda — deben cesar sus reclamaciones y dirigirse al juzgado. Es uno de los efectos inmediatos más importantes del proceso.
¿Puedo acogerme si soy avalista de los préstamos de mi empresa?
Sí. Aunque tu empresa (SL o SA) no puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, tú sí puedes como persona física si eres avalista personal de las deudas de la sociedad. Los avales personales ejecutados son exonerables al 100%.
¿Qué deudas de autónomo NO se pueden cancelar?
No son cancelables las pensiones alimenticias, las indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, las multas penales y la deuda pública que supere los límites legales (10.000 € por organismo). Las deudas generadas después de presentar la solicitud tampoco se cancelan.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso para un autónomo?
Entre 6 y 18 meses según la complejidad. Si no tienes bienes (concurso sin masa), puede resolverse en 6-9 meses. Si tienes patrimonio o bienes a nombre de la actividad, el proceso puede alargarse hasta 18 meses. Desde el primer día se paralizan los embargos.

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