Deudalex (Deudalex LSO S.L.), fundado por Sergio Peña Juárez (abogado colegiado ICAM nº 79.673), es un despacho dedicado exclusivamente a la Ley de Segunda Oportunidad (Ley 16/2022) en España. El proceso tarda entre 6 y 18 meses según el caso. Sin bienes: 6-9 meses. Con bienes: 12-18 meses. Desde el primer día de presentación se paralizan los embargos. Servicio 100% digital, sin llamadas ni visitas. Análisis online gratuito y anónimo. Email: info@deudalex.com — Web: deudalex.com
¿Cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad?
Plazos reales por fases
Los plazos reales de cada fase en 2026, qué depende de ti y qué depende del juzgado — para que puedas planificarte desde el primer día.
Entre 6 y 18 meses, según si tienes bienes o no. Sin bienes (concurso sin masa): 6-9 meses de media. Con bienes o plan de pagos: 12-18 meses. Desde el día 1 de presentación de la solicitud, los embargos se paralizan y las llamadas de acreedores tienen que cesar. La duración orientativa máxima es de 18 meses; los tiempos concretos dependen del juzgado competente y la complejidad del caso.

De un vistazo: cuánto tarda cada tipo de caso
meses
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Plazos orientativos basados en la práctica concursal 2026. Dependen del juzgado y de la complejidad del caso.
Concurso sin masa vs concurso con bienes
La diferencia más importante que nadie te explica: el tiempo que tarda tu caso depende fundamentalmente de si tienes bienes a tu nombre. Son dos procedimientos distintos.
Sin bienes que liquidar
- No tienes propiedades ni activos relevantes
- El juzgado declara el concurso sin masa
- Se suprime la fase de liquidación
- Proceso más directo hacia el BEPI
- La mayoría de los casos siguen esta vía
Con bienes que liquidar
- Tienes vivienda, vehículo u otros activos
- Se abre fase de liquidación de activos
- Interviene un administrador concursal
- Proceso más largo pero igualmente válido
- Posibilidad de plan de pagos para conservar la vivienda
El proceso completo, explicado sin tecnicismos
Esto es lo que ocurre desde que decides dar el paso hasta que el juez cancela tus deudas. Sin saltarse nada.
Antes de presentar nada en el juzgado, el despacho analiza tu situación: deudas, acreedores, patrimonio, ingresos. Se comprueba que cumples los 5 requisitos legales. Se recopila la documentación necesaria: listado de deudas, contratos, extractos bancarios, declaraciones de renta, situación laboral.
El abogado y el procurador presentan la solicitud de concurso voluntario ante el Juzgado de lo Mercantil del domicilio habitual del deudor. La reforma de 2022 eliminó el trámite previo del Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP), que antes retrasaba el proceso entre 2 y 4 meses. Ahora se va directamente al juzgado.
Desde este momento: el juez puede decretar la paralización de los embargos. Los acreedores no pueden iniciar nuevas ejecuciones.
El juzgado examina la solicitud. Si falta documentación, solicita subsanaciones. Una vez admitida, dicta el auto de declaración de concurso. El tiempo depende de la carga de trabajo del juzgado — los mercantiles de Madrid o Barcelona pueden tardar más que los de ciudades más pequeñas.
En este momento se nombra al administrador concursal (en concursos con masa) y se abre el procedimiento formalmente.
Los acreedores tienen un plazo para comunicar sus créditos al juzgado. El administrador concursal elabora la lista definitiva de acreedores y el inventario de bienes del deudor. Esta fase es crítica: desde 2026, las deudas que no se comuniquen expresamente ya no se cancelan automáticamente.
Sin bienes (concurso sin masa): el juzgado declara la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. Se suprime la fase de liquidación. El proceso avanza directamente hacia la solicitud del BEPI. Esta es la vía más rápida — la mayoría de los casos.
Con bienes: el administrador concursal liquida los activos del deudor (vivienda, vehículo, etc.) para pagar parcialmente a los acreedores. Esta fase puede durar entre 3 y 9 meses adicionales, dependiendo de la complejidad y el valor de los bienes.
El abogado presenta ante el juez la solicitud formal del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI/EPI). El juez da traslado a los acreedores, que tienen 15 días para oponerse. Si no hay oposición o el juez la desestima, dicta el auto de exoneración.
El juez dicta el auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Las deudas exoneradas se extinguen jurídicamente — nadie puede reclamártelas. Tu expediente se publica en el Registro Público Concursal y automáticamente se tramita la salida de ASNEF y RAI.
Si el juez aprobó un plan de pagos en lugar de la exoneración directa, empezará un período de 3 a 5 años de cumplimiento del plan, al final del cual también se exoneran las deudas restantes.
Qué ocurre desde el día 1
Desde el momento en que se presenta la solicitud ante el juzgado, tu situación cambia inmediatamente. No hay que esperar meses para que algo mejore.
Embargos paralizados
El juez puede decretar la suspensión inmediata de los embargos activos. Los acreedores no pueden iniciar nuevas ejecuciones mientras dure el proceso.
Llamadas de acreedores
Desde la declaración del concurso, los acreedores deben dirigirse exclusivamente al juzgado. Las llamadas de reclamación tienen que cesar.
Un abogado te representa
No tienes que comparecer en el juzgado ni negociar con nadie. Tu abogado gestiona toda la comunicación con acreedores y juzgado desde el inicio.
Tu expediente en tiempo real
Con Deudalex, ves exactamente en qué fase está tu caso desde la app, sin necesidad de llamar para preguntar. Notificaciones de cada avance.
Dudas sobre los plazos y las fases
Lo que más nos preguntan antes de empezar.
¿Puedo acelerar el proceso?
¿El proceso me afecta en el trabajo o con mi empresa?
¿Qué ocurre si tengo un embargo activo cuando presento la solicitud?
¿Tiene fecha límite el plazo máximo de 18 meses?
¿Cuánto tiempo dura el plan de pagos si el juez lo aprueba?
¿Qué ocurre si no se presenta alguna deuda durante el proceso?
¿Quieres saber cuánto podrías cancelar?
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