Deudas privadas
Bancos, tarjetas, minicréditos, financieras, particulares. Todas las deudas con acreedores privados son cancelables al 100% por la Ley 16/2022 de Segunda Oportunidad si cumples los requisitos.
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Qué son deudas privadas
Cualquier deuda con un acreedor que no sea la Administración pública: bancos, entidades de crédito, financieras, tarjetas revolving, minicréditos online, préstamos entre particulares, avales.
Ventaja frente a la deuda pública
Las deudas privadas se exoneran sin límite de cuantía. La deuda pública opera por tramos (art. 489.1.5º TRLC): máximo de 10.000 € por acreedor público (Hacienda y Seguridad Social cuentan por separado), más la exoneración al 100% de recargos e intereses de demora (STS 260/2026).